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Releyendo Informes

nota santiago

Ricardo Sabogal, Director de la Unidad de Restitución de Tierras, ha mostrado en los últimos meses los avances de la restitución[1]. Sin embargo, los análisis realizados por  observatorios independientes o entidades estatales coinciden en que el diseño institucional tiene fallas graves que van a impedir cumplir con la meta de alcanzar la restitución en un plazo de diez años.

En días pasados se conoció el primer informe del Observatorio de Tierras de la Procuraduría. De acuerdo con Verdad Abierta (2014), el informemuestra que si bien hubo avances del proceso de restitución, hay que hacer ajustes en varios frentes para poderles cumplir a las víctimas del conflicto armado en los diez años de vigencia de la ley”.

Por su parte, el informe del Observatorio de Restitución y Regulación de la Propiedad Rural titulado “Un trancón fenomenal” (ORRDPA, 2013) alertó sobre las limitaciones de la Ley 1448 y la necesidad de reconsiderar los diseños institucionales de la restitución. El reciente informe de la procuraduría hace referencia sobre algunos puntos previamente abordados en el informe del Observatorio.

Releyendo los informes se encontró que existen algunos puntos de confluencia, entre los cuales se destacan:

  • Problemas en los diseños institucionales de la ley à inconvenientes en el proceso de micro focalización que implica que los municipios tengan que esperar para dar inicio a la recepción de reclamaciones y para implementar la restitución[2]; además,  el informe de la Contraloría alerta sobre las dificultades de ejecutar una política de restitución en medio del conflicto[3].

  • Costo fiscal que ha tenido la aplicación de la norma y su sostenibilidad en el tiempoà El informe de la Contraloría alerta sobre la existencia de “un riesgo de desfinanciamiento de la política de restitución de tierras adicional al relacionado con la subestimación de los costos asociados al proceso, al haber ejecutado la totalidad de los recursos programados para la vigencia 2012, frente a un bajo porcentaje de respuesta a las solicitudes de inclusión en el registro frente a las metas planteadas” (Contraloría, 2013). Con base los datos sobre restitución efectiva en los últimos dos años, el Observatorio recomendó reacomodar las expectativas y demandas financieras al tenor de la experiencia que se ha tenido con la “restitución realmente existente” (ORRDPA, 2013).

  • Capacidad y articulación interinstitucionalà Algunas imperfecciones en la coordinación entre las distintas entidades encargadas del proceso de restitución han sido señaladas previamente[4]. La coordinación interinstitucional se convierte en uno de los ejes de la ley de víctimas y por ello es importante sintonizar a todas las entidades en la misma frecuencia. La Contraloría pone en evidencia que en algunos casos las entidades actoras no han dado cumplimiento efectivo al Art. 76 de la Ley 1448 sobre la coordinación institucional y que la interoperabilidad de algunas instituciones a nivel territorial es deficiente, debido a las dificultades en el acceso a los aplicativos del IGAC, el catastro, INCODER, notarias, etc. (Contraloría, 2013)  

  • Contexto de inseguridad y retornoà El retorno de las víctimas implica enfrentarse a la permanencia de estructuras armadas con claros intereses a la hora de interferir con la restitución; el desplazamiento continua y no hay garantías efectivas de seguridad pues la sostenibilidad de la seguridad y la presencia estatal efectiva están en entredicho han resaltado algunas dificultades y obstáculos que ha tenido la implementación de la ley 1448.

Distintos funcionarios han afirmado que el proceso va a cumplir las metas establecidas en los diez años y han destacado algunos éxitos puntuales del proceso de restitución. Sin embargo, la narrativa oficial sobre la restitución tiene algunas falencias que se han ido reconociendo progresivamente[5]y los resultados prácticos no reflejan dichos avances. Así las cosas, aunque existe un avance importante en materia de diseños institucionales y políticas públicas, este no es suficiente para cumplir los estándares internacionales de reparación como tampoco los objetivos que se traza la ley durante su vigencia (ABC Colombia, 2013). 

Referencias
CONTRALORIA NACIONAL (2013). II Informe de Seguimiento al Proceso de Restitución de Tierras.
ABC COLOMBIA (2013) Colombia the Current Panorama:Victims and Land Restitution Law 1448”; HRW“ The Risk To Return Home”. United States, HRW, 2013

[1] Ver. El Tiempo.com “Cerca de mil familias han recuperado tierras”. 12 de Enero del 2014 Enhttp://www.eltiempo.com/justicia/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-13355384.html; Costa Noticias. “Ricardo Sabogal, Director Nacional de la Unidad de Tierras entrega resultados”. 3 de enero de 2014. En http://costanoticias.com/ricardo-sabogal-director-nacional-de-la-unidad-de-tierras-entrega-resultados/

[2]ORRPA. “Un Trancón Fenomenal”. Al respecto dice el informe: “Por otra parte, el CI2RT estudia la situación de seguridad región por región, y focaliza las unidades territoriales sobre las cuales podrá operar la restitución. Aunque la unidad de análisis está por debajo de la del municipio (inspecciones, corregimientos y veredas), aquí supondré que cubre a todo el municipio. Como no es así, la situación en realidad es mucho más compleja de los que resulta de los datos que se presentan en este texto. Como fuere, los municipios también hacen fila para ser focalizados y, como sucede con los reclamantes, deben esperar a que se atienda cada situación específica”.

[3]CONTRALORIA NACIONAL. “II Informe de Seguimiento al Proceso de Restitución de Tierras”. “Por otra parte, el CI2RT estudia la situación de seguridad región por región, y focaliza las unidades territoriales sobre las cuales podrá operar la restitución. Aunque la unidad de análisis está por debajo de la del municipio (inspecciones, corregimientos y veredas), aquí supondré que cubre a todo el municipio. Como no es así, la situación en realidad es mucho más compleja de los que resulta de los datos que se presentan en este texto. Como fuere, los municipios también hacen fila para ser focalizados y, como sucede con los reclamantes, deben esperar a que se atienda cada situación específica.

[4] Ver por ejemplo: Uribe, Sonia. ¿Es suficiente la restitución? El Espectador. Publicado el 4 de Octubre de 2013. Disponible en:https://www.observatoriodetierras.org/portfolio/praesent-commodo-cursus/; Vargas, Jenniffer. Análisis comparativo de los diseños institucionales que regulan la participación de las
víctimas en Colombia: antes y después de la ley 1448 de 2012. 

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